Competencias, servicios y programas de apoyo

Ley que Garantiza la Transparencia y el Derecho a la Información Pública
para el Estado de Chiapas

Artículo 37.- Con excepción de la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público, en forma permanente y de acuerdo a sus facultades, a través del portal o los medios electrónicos disponibles, la siguiente información:

IV.- Normas básicas de competencia, servicios y programas de apoyo que incluyan trámites, requisitos, formatos, manuales de organización.





NOTA: Al formar parte de los llamados "manuales administrativos", los manuales de organización se localizan dentro del siguiente apartado correspondiente a la fracción V del artículo 37 de la Ley, en el que también se encuentran los manuales de procedimientos, inducción y servicios de las dependencias y entidades que integran la administración pública estatal (consulte la normateca estatal).

Última fecha de actualización: 31 de diciembre de 2009.
Actualizó: Carlos G. Téllez Girón Gómez.

 

Escudo de Chiapas

Gobierno del Estado de Chiapas, administración 2006 - 2012
Unidad de Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo